Tributos aclara a Inverco que la devolución de comisiones tributa como rendimiento mobiliario

2 viernes, 4 de febrero de 2011

La Dirección General de Tributos ha dado respuesta a una consulta de Inverco, aclarando que las devoluciones de comisiones a partícipes acordadas entre ellos y la gestora deberán tributar como rendimientos del capital mobiliario y estarán sujetas al régimen de retenciones e ingresos a cuenta. La reciente modificación del art. 5.1 del reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva permite a las gestoras establecer acuerdos de devolución de comisiones cobradas. Asimismo, resalta que, una vez deducida la retención a cuenta, el importe neto es objeto de reinversión en nuevas participaciones no altera la calificación fiscal anterior, ya que se trata de un rendimiento previamente obtenido por el partícipe. No obstante, si la remuneración por devolución de comisiones se realiza directamente en participaciones del fondo en que está invertido, la devolución se considera retribución en especie.

viernes, 4 de febrero de 2011

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