Los rescates de planes de pensiones y PPA no se podrán realizar hasta 2025

2 miércoles, 26 de noviembre de 2014



Hay diferentes opiniones entre las entidades sobre la bondad de la nueva posibilidad de rescatar los planes de pensiones y PPA transcurridos 10 años tras la primera aportación. Algunas gestoras sostienen que con esta medida los planes pierden su objetivo finalista orientado totalmente a la jubilación; mientras que otras creen que la medida puede añadir atractivo comercial a estos productos, al paliar parcialmente una de las mayores objeciones que les ponen los clientes: Su falta de liquidez.
En cualquier caso, tanto unas como otras no deben preocuparse por los rescates hasta el 1 de enero de 2025, ya que la medida entra en vigor el 31 de diciembre de 2014, tal y como confirmó María Francisca Gómez-Jover, jefa del Área Financiero Actuarial de la DGSFP, en la Jornada de Pensiones y Previsión de iiR celebrada la semana pasada en Madrid.
Problemas para el sector
Otro aspecto importante que desveló la directiva de Seguros es que el cliente podrá rescatar su inversión aunque haya movilizado sus planes o PPA, siempre que la primera aportación fuera 10 años antes. Es decir, que no es necesario estar en una misma entidad 10 años para realizar el rescate, con lo cual las entidades que reciban movilizaciones de planes de otras entidades deberán tener muy en cuenta cuándo hizo el cliente su primera aportación.
Más aún cuando muchas entidades están vinculando regalos o efectivo a la permanencia de la inversión durante unos años, con lo que podría darse el caso de que se fije una permanencia de tres años, pero el cliente pueda rescatar el plan en unos meses. María Francisca Gómez reconoció que este aspecto podría dar muchos problemas al sector con la información entre entidades y al supervisor.
En cuanto a los efectos fiscales de los rescates anticipados, afirmó que tendrán la misma consideración fiscal que los actuales rescates al llegar al momento de la jubilación.
Además, también recordó otras nuevas medidas introducidas en los planes, como la reducción de comisiones; la existencia de dos documentos informativos para el cliente: DDFP, previo a la contratación, y documento de adhesión, en el momento de la contratación; redacción más clara y firma expresa de las garantías del plan; inversiones del fondo, y compromisos de permanencia; y nuevos deberes de información al supervisor.
En cuanto al frenazo al envío de la carta que informaba de la pensión futura a los mayores de 50 años, confesó que “no sabemos cuándo se podrá enviar. La norma está ya redactada, pero no se sabe cuándo saldrá”.

miércoles, 26 de noviembre de 2014

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