La recién aprobada Ley de Economía Sostenible introduce cambios en la regulación de la comercialización de planes de pensiones por empresas de servicios de inversión y mediadores de seguros. La nueva norma establece en su artículo 26 bis al texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, sobre la actividad de comercialización de planes de pensiones individuales, fijando las entidades y personas que podrán realizar la actividad de comercialización de los planes individuales. Son éstas:
a) Entidades de crédito.
b) Entidades aseguradoras.
c) Empresas de servicios de inversión.
d) Sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva.
e) Entidades gestoras de fondos de pensiones.
f) Agentes de seguros vinculados.
g) Operadores de banca-seguros vinculados.
h) Corredores de seguros.